Esta semana entró en vigor un decreto destinado a promover el establecimiento de clínicas veterinarias públicas en México.
La reforma, que modifica el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, tiene como objetivo impulsar el bienestar de los animales de compañía en el país.
El decreto, publicado el miércoles en el Diario Oficial de la Federación, establece que en un plazo máximo de 180 días naturales posteriores a su entrada en vigor, los congresos de las entidades federativas deberán realizar los ajustes necesarios en su legislación local para cumplir con esta disposición.
La reforma incluye la obligación para las autoridades federales, en coordinación con los municipios o alcaldías de la Ciudad de México, de promover el establecimiento de clínicas veterinarias públicas. Estas clínicas tendrán como propósito proporcionar atención médica preventiva a los animales y, en caso de enfermedad, brindarles tratamiento médico avalado por un médico veterinario.
El establecimiento de estas clínicas estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria de las entidades federativas y los municipios en cada ejercicio fiscal, según se establece en el régimen transitorio del decreto.
La reforma destaca la importancia de impulsar el bienestar de los animales de compañía como medida para fomentar la cultura de la tenencia responsable, el cuidado y la protección animal en todo el país.
Según la Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado (Enbiare) 2021, el 69.8% de los hogares mexicanos cuenta con algún tipo de mascota. La Ciudad de México registra la proporción más baja de hogares con mascotas, con un 61.4%, mientras que Campeche tiene la proporción más alta, con un 77.1%.
El decreto representa un avance significativo en el fomento del cuidado animal y refleja el compromiso del gobierno mexicano con el bienestar de los animales de compañía en el país.
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