Redacción: Astrid Sánchez
El Congreso del Estado de México aprobó en comisiones diversas reformas al Código Penal para tipificar el ecocidio y endurecer severamente las sanciones contra los delitos ambientales. Con penas que alcanzan los 25 años de prisión y la obligación de reparar el daño, se busca frenar la tala ilegal y la contaminación en la región.

La protección de la naturaleza acaba de dar un paso histórico en nuestro país para frenar la impunidad ecológica. Durante una sesión decisiva, las comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia, junto con la de Protección Ambiental y Cambio Climático del Congreso del Estado de México, aprobaron una serie de reformas al Código Penal estatal con el firme propósito de sancionar de manera severa los delitos ambientales.
Este importante avance legal fue avalado e impulsado por diputados como Itzel Guadalupe Pérez Correa, Carlos Alberto López Imm, Javier Cruz e Israel Espíndola y tiene el objetivo principal de dejar muy claro que dañar los ecosistemas ya no será tratado como una simple falta administrativa que se pueda resolver pagando una multa económica, sino como una agresión directa contra la salud pública y el derecho humano a un medio ambiente sano.
Uno de los avances más importantes de este dictamen es la incorporación legal del delito de ecocidio, el cual contempla castigos que van desde los seis hasta los doce años de prisión, acompañados de multas económicas que van de los 500 a los 2 mil días. Sin embargo, la ley se vuelve muchísimo más estricta para castigar la tala ilegal de arboles y la destrucción de los bosques Para aquellas personas que participen en la transportación, comercialización o destrucción de maderas sin la debida autorización, las penas pueden alcanzar hasta los 25 años de cárcel y multas que superan los 410 mil pesos.
Estas penas máximas se aplicarán especialmente cuando los infractores utilicen motosierras u objetos adaptados para la destrucción forestal, cuando usen vehículos de carga para transportar la madera ilícita o cuando exista la participación de servidores públicos, quienes además de ir a prisión serán destituidos se inhabilitados de sus cargos. De igual forma, las sanciones se agravarán si se utiliza la violencia o amenazas en contra de guardabosques y personas defensoras del patrimonio natural. Las autoridades advierten que el Estado de México ocupa el noveno lugar nacional en biodiversidad con casi 5 mil especies, por lo que era urgente actualizar el marco legal frente al gran deterioro que sufren.
El nuevo catálogo de castigos abarca muchas otras conductas que lastiman el entorno de las comunidades. Por ejemplo, se aplicarán penas de hasta 10 años de prisión a quienes inicien intencionalmente incendios forestales, provoquen plagas, o descarguen sustancias químicas peligrosas y micro plásticos en los cuerpos de agua y en el subsuelo. Por otro lado, también se considerará un delito realizar obras de construcción sin contar con la evaluación técnica de impacto ambiental correspondiente, evitando así que el desarrollo urbano arrase con la flora y fauna de forma irresponsable.
Finalmente, un aspecto muy humano y equitativo de esta reforma es la integración de la justicia restaurativa. Esto significa que el castigo legal no se limitará a encerrar a los culpables, sino que los responsables estarán obligados a reparar el daño ecológico, limpiando y restaurando activamente las áreas afectadas. Además, el dictamen protege las tradiciones y necesidades básicas de las comunidades rurales e indígenas, aclarando que no se castigará el uso doméstico, cultural o artesanal de la leña, siempre y cuando se realice sin fines de lucro y en volúmenes pequeños que respeten el equilibrio ecológico.

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