Iniciativa pública y Medio ambiente

La SCJN prohíbe el maltrato animal en rituales religiosos

La SCJN prohíbe el maltrato animal en rituales religiosos

Redacción: Inés Arroyo 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una histórica sentencia que prohíbe el maltrato animal en rituales religiosos. En una votación unánime, la Primera Sala del máximo tribunal resolvió que los animales no deben ser dañados en prácticas religiosas, marcando un importante precedente en la protección de los derechos de los animales en México. 

Este fallo surgió a raíz de una demanda presentada por una mujer que practica la santería cubana. En su defensa, explicó que durante los rituales sacrificaba animales y aves como ofrendas a los dioses, además de utilizar su carne en las ceremonias. La mujer argumentó que las leyes que protegen a los animales criminalizan su religión, lo que genera discriminación hacia ella y sus prácticas. 

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, ponente del proyecto, destacó que, aunque el artículo 24 de la Constitución garantiza la libertad religiosa, esta no puede violar otras leyes que protejan el bienestar de los animales. “El derecho a la libertad religiosa no justifica el maltrato a los animales”, declaró el ministro. 

Con esta decisión, la SCJN negó el amparo a la mujer, reafirmando que las leyes que protegen a los animales deben cumplirse, incluso en el contexto de rituales religiosos. De acuerdo con la legislación vigente, el maltrato animal es un delito que puede ser sancionado con prisión de 2 a 4 años, dependiendo de la gravedad de las lesiones infligidas. 

Este fallo refuerza el compromiso de la SCJN y del Estado mexicano con la protección de los derechos de los animales, estableciendo un claro límite entre la libertad religiosa y el respeto por el bienestar animal. 

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